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Inspecciones para que los productores de residuos peligrosos cumplan con la normativa vigente

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En Extremadura se están produciendo inspecciones para asegurar que las empresas que producen residuos peligrosos cumplen con la normativa

Obligaciones

Todas aquellas empresas productoras de residuos peligrosos, están obligadas a gestionar los mismos mediante contrato con una entidad gestora habilitada.

 

Es también obligación de la empresa productora de residuos peligrosos, presentar la comunicación previa al inicio de la actividad de producción de residuos, trámite que permite obtener el número NIMA imprescindible para el traslado del residuo peligroso por el gestor.

Además, la disposición adicional primera del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, establece que las comunidades autónomas deberán optar por que la tramitación electrónica del procedimiento de traslados se realice a través del procedimiento habilitado por el Ministerio o a través del procedimiento establecido en la sede electrónica de su gobierno autonómico.

Este procedimiento electrónico es necesario para los traslados de residuos sujetos a notificación previa conforme a los requisitos establecidos en el artículo 3.2 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio. Concretamente:

    • Los traslados de residuos, peligrosos y no peligrosos, destinados a eliminación;
    •  Los traslados de residuos peligrosos, de residuos domésticos mezclados identificados con el código LER 20 03 01, y los que reglamentariamente se determinen, destinados a valorización.
    • El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD) ha desarrollado un procedimiento para la remisión de la notificación previa y de los documentos de identificación por parte del operador del traslado, así como para la aceptación o rechazo de los residuos por parte del gestor de destino, conforme a los artículos 6, 7 y 8 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio. Dicho procedimiento se podrá empezar a usar desde el 17 de marzo de 2021, siendo obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2021.

Todos los operadores de traslado que tengan que tramitar un movimiento de residuos (remisión notificación previa y documentos de identificación), deberán utilizar el procedimiento del Ministerio.

 Ayuda

Como ya os informamos, concretamente en la circular 041/2021 del 16 de marzo de 2021, Aspremetal dispone para sus afiliados de convenios con gestores acreditados con condiciones ventajosas negociadas para el colectivo de empresas asociadas.

Le informamos además, que tenemos constancia de que se están realizando inspecciones por parte del Seprona en ciertas localidades extremeñas, y en concreto, a empresas manipuladoras de gases fluorados, para comprobar el cumplimiento de la normativa relacionada.

 

Información de interés

A continuación, ponemos a su disposición información básica de interés para resolver las dudas que le surjan al respecto.

 

Información relacionada para saber más:

 

Si tiene alguna consulta al respecto, no dude en contactar con nosotros respondiendo a este correo o escribiendo directamente a info@aspremetal.es 

 

 

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